Japón: Consejos y recomendaciones para el viaje

Formalidades aduaneras y documentación


Para estancias de hasta 90 días en Japón los ciudadanos de nacionalidad española necesitan únicamente el pasaporte en vigor, con una validez de al menos seis meses.

Basta con que hagan una declaración oral de sus efectos personales, salvo: (1) cuando llevan bultos sin acompañamiento; o (2) cuando introducen artículos que sobrepasan la cantidad autorizada para estar exentos de impuestos. En estos dos casos, se les pedirá en la aduana una declaración por escrito. Los efectos personales no están sujetos a ningún impuesto de aduanas siempre que su contenido y su cantidad sean considerados como razonables por el oficial de aduanas. Además, tienen la posibilidad de llevarse sin pagar impuestos: (1) 500 gramos de tabaco, 400 cigarrillos o 100 puros; (2) 3 botellas de 760 ml de alcohol; (3) 60 ml de perfume; (4) regalos y souvenirs adicionales a los ya citados y cuyo valor mercantil total no sea superior a 200.000 yenes. Las personas con edades inferiores a los 20 años no tienen derecho al tabaco ni a las bebidas alcohólicas.

Todos los animales, productos de origen animal y plantas están sometidos a una inspección en cuarentena en los aeropuertos y puertos de Japón. La importación de determinados de estos animales o artículos está prohibida. Cuando la importación es autorizada, tienen que llevar un certificado de inspección emitido por las autoridades gubernamentales competentes del país exportador, dando fe de la calidad sanitaria del animal o del artículo correspondiente.

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